Corte definirá si Policía puede multar a quien compre empanadas en la calle

El gobierno le recomendó a la Corte dejar la norma tal cual está.


Redacción. Este martes la Sala Plena de la Corte Constitucional deberá estudiar la demanda que se impuso hace varios meses en contra de un artículo del Código de Policía, que permite multar a quien compre empanadas en la calle.

El artículo en mención, el cual generó una fuerte polémica hace algunos meses, sanciona a quien “promueva y facilite el uso u ocupación del espacio público”, por medio del cual multaron a un joven estudiante que compró una empanada en una calle de Bogotá.

Cabe señalar, que el gobierno le recomendó a la Corte dejar la norma tal cual está, pues consideran que su interpretación no vulnera derecho alguno.

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“Las sanciones que de ella (la norma) deriven, aplican para quienes fomenten, patrocinen o favorezcan el uso u ocupación del espacio público, excluyendo tanto a los vendedores ambulantes, como también a los usuarios o compradores de los productos ofertados en el espacio público”, dijo la secretaría jurídica de Presidencia.

Por último, en el momento de la controversia se pronunciaron: el Ministerio de Justicia, de Defensa y la Policía. También sentaron su posición la Personería de Bogotá, la Procuraduría, la Cámara de Representantes, entre otros.