El Tribunal Superior de Bogotá desestimó una acción de tutela presentada por dos integrantes del Partido Comunista Colombiano que buscaba anular el pliego de cargos formulado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) contra el presidente Gustavo Petro.
Claudia Flórez, secretaria general del partido, y Andrés Felipe Valencia López, veedor de la colectividad, interpusieron la tutela alegando violaciones a los derechos fundamentales del mandatario. Sin embargo, la Sala Civil de Decisión Especializada en Restitución de Tierras determinó que los demandantes carecían de legitimación para cuestionar las decisiones administrativas del CNE.
“Denunciamos la vulneración de los derechos civiles y políticos, el desconocimiento del bloque constitucional y de los tratados internacionales por parte del CNE”, había manifestado Flórez al interponer la acción judicial.
El Tribunal señaló que no existían elementos probatorios sobre la afectación que impidiera a los directamente involucrados promover su propia defensa ante el CNE. “No se conoce la razón por la que los directamente afectados no pueden promover su propia defensa“, indicó el fallo.
Los magistrados establecieron que los demandantes actuaban en nombre de terceros “sin reunir los presupuestos para ser considerados agentes oficiosos”. El documento judicial precisó que la falta de participación directa en el proceso administrativo del CNE constituía motivo suficiente para negar el amparo solicitado.
La tutela pretendía detener la investigación del CNE sobre presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial de Petro en 2022. Esta decisión judicial permite que continúe el proceso investigativo del organismo electoral sobre las posibles violaciones a los topes de financiación durante la campaña presidencial.