El decreto municipal que regula el Día sin Carro y sin Moto en Montería, programado para el 2 de octubre de 2024, establece 19 categorías de vehículos que estarán exentos de la restricción general.
Esta medida, que prohibirá la circulación de vehículos particulares y motocicletas de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., contempla excepciones para garantizar la continuidad de servicios esenciales y el funcionamiento básico de la ciudad.
El alcalde Hugo Kerguelén García explicó: “La restricción se aplicará en toda la ciudad, teniendo en cuenta algunas excepciones, las cuales también quedaron establecidas en el decreto que reglamenta la realización del Día sin Carro y sin moto”.
Entre las principales categorías exentas se encuentran:
1. Vehículos de transporte público de pasajeros, tanto individual como colectivo.
2. Transporte escolar debidamente autorizado.
3. Vehículos de emergencia y servicios médicos.
4. Transporte de alimentos y bebidas de empresas legalmente constituidas.
5. Vehículos de servicios domiciliarios con comprobación mediante aplicaciones.
6. Carrozas fúnebres y vehículos que transportan animales.
7. Vehículos de correos, servicios de courier y mensajería.
8. Transporte de valores y combustible.
9. Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
10. Vehículos de control de tráfico y grúas de la Secretaría de Tránsito.
Además, se incluyen excepciones para vehículos de organismos de seguridad del Estado, misiones médicas acreditadas, bicicletas con pedaleo asistido, vehículos 100% eléctricos y carros adaptados para personas con movilidad reducida.
Es importante destacar que, a pesar de estas excepciones, el decreto establece una restricción adicional: “Los vehículos que estén autorizados para circulación (por la excepción contemplada) no podrán desplazarse sobre la Avenida Primera, desde la calle 21 hasta la calle 37”, según informó el alcalde Kerguelén García.
La Secretaría de Tránsito y Transporte de Montería ha anunciado que implementará controles especiales para verificar que solo los vehículos autorizados circulen durante la jornada. Se recomienda a los conductores de vehículos exentos llevar la documentación necesaria que acredite su condición.