Corte confirma fallo a favor de la Agencia Nacional de Tierras en caso Cabrales

Se ordenó al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería, que deje sin efectos la sentencia del 1 de septiembre de 2009.


Redacción. La Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión proferida por la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, dentro de la acción de tutela promovida por la Agencia Nacional de Tierras contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de esa ciudad tras considerar que este despacho vulneró el derecho al debido proceso de la Nación al favorecer a la familia Cabrales con predios en Tierralta, Córdoba, que suman 862 hectáreas.

Por ello, se ordenó al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería, que deje sin efectos la sentencia del 1 de septiembre de 2009.

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Además, que adelante las gestiones necesarias para recaudar los medios de prueba que le permitan esclarecer lo relativo a la satisfacción de los presupuestos axiológicos en la acción de pertenencia sometida a su conocimiento, principalmente, los relativos a la prescriptibilidad de los predios: “La Esperanza”, “La Gloria II”, “La Gloria I”, “No Hay Como Dios”, “El Alto Viento”, “La Magdalena”, “El Silencio”, “Villa Rosa”, “Las Lomitas”, “La Palma”, “Vista Hermosa”, “La Primavera”, “El Ratón”, “La Loma”, “Pakistán” y “Los Milagros”.

Lo anterior, conlleva a esclarecer la real naturaleza jurídica de dichos predios y la titularidad de los derechos reales sujetos a registro sobre los mismos y a que, posteriormente, en un término que no exceda un (1) mes, profiera la decisión que en derecho corresponda a fin de resolver tal litigio, señala Agencia Nacional de Tierras en un comunicado.

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“Celebro que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, nos haya dado la razón como Agencia Nacional de Tierras, al fallar favorablemente la tutela que debimos interponer para que se esclarezca la real naturaleza jurídica de 862 hectáreas en Tierralta, Córdoba, con lo cual, se podrá determinar a ciencia cierta quienes son los verdaderos propietarios de dichos predios, y por ende quienes tienen legítimo derecho a explotarlos, una vez se establezca la titularidad de los mismos”, dijo la directora de la ANT Myriam Carolina Martínez, sobre el caso.