El magistrado Carlos Camargo Assis estableció los criterios que utilizará para determinar si el Decreto 1390 de emergencia económica cumple con los requisitos constitucionales. La Corte Constitucional avocó el conocimiento del decreto expedido el 22 de diciembre de 2025.
Según un documento revelado por Blu Radio, Camargo ordenó recopilar pruebas y conceptos de expertos para resolver interrogantes fundamentales sobre la constitucionalidad del decreto. El análisis se centrará en tres presupuestos: fáctico, valorativo y de suficiencia.
El magistrado convocó a diez especialistas en economía, hacienda pública y derecho tributario para que emitan conceptos técnicos. Entre ellos están Juan Carlos Echeverry, Jorge Iván González, Roberto Insignares, José Antonio Ocampo, Hugo Palacios, Santiago Pardo, Mauricio Plazas, José Manuel Restrepo y Juan Camilo Restrepo.
Los expertos deberán responder si las causas invocadas por el gobierno son extraordinarias y sobrevinientes, o si corresponden a situaciones estructurales y previsibles. Este punto resulta determinante para establecer la validez constitucional del estado de excepción.
Uno de los argumentos centrales que examinará el tribunal es el rechazo del proyecto de ley de financiamiento en el Congreso. El magistrado planteó si utilizar estados de excepción para expedir este tipo de normas podría vulnerar los principios democrático y de separación de poderes.
Otro aspecto que analizará la Corte es la contradicción entre alegar restricciones de endeudamiento y luego vender bonos TES por 23 billones de pesos. El auto solicitó al gobierno explicar esta aparente inconsistencia con la deuda de 152 billones asumida posteriormente.
El tribunal también verificará aspectos formales del decreto. Pidió a la Secretaría Jurídica de Presidencia informar la situación administrativa de los ministros firmantes, especialmente el acto de encargo de Irene Vélez como ministra de Ambiente.
La Corte examinará si realmente existe una coyuntura fiscal excepcional comparando la situación económica entre 2022 y 2025. Los expertos deberán indicar qué estudios técnicos respaldan la calificación de “coyuntura excepcional” que hace el gobierno.
Otro argumento bajo escrutinio es invocar efectos de la pandemia cinco años después del COVID-19. El magistrado preguntó si esto puede considerarse una causa sobreviniente que justifique el estado de excepción en 2025.
El presupuesto de suficiencia también será evaluado. La Corte determinará si el gobierno agotó mecanismos ordinarios como recortes de gastos, traslados presupuestales o reajustes antes de acudir a poderes excepcionales.
La Contraloría deberá informar sobre hallazgos y medidas adoptadas respecto a las causas alegadas, particularmente en gestión presupuestal y sostenibilidad fiscal. El Congreso remitirá antecedentes del proyecto de financiamiento archivado.
Ya se recibieron intervenciones ciudadanas de María Claudia Lacouture, Jaime Enrique Lozano, Álvaro Gómez y María Victoria Mejía. Los congresistas Angélica Lozano y Catherine Juvinao, el alcalde Federico Gutiérrez, Camilo Sánchez y la senadora Paloma Valencia solicitaron suspender provisionalmente el decreto.
El magistrado fijó tres días para entregar pruebas. Después habrá cinco días para intervenciones ciudadanas y diez días adicionales para el concepto de la Procuraduría.
Con estos argumentos y pruebas, Camargo preparará su análisis para presentarlo ante la Sala Plena. El decreto permanece vigente hasta que el tribunal tome una decisión definitiva sobre su constitucionalidad.






