“No se elimina la retención”: DIAN aplicará reglas anteriores tras suspensión del Consejo de Estado al Decreto 572

La suspensión del Decreto 572 detuvo el alza en retenciones y autorretenciones; la DIAN mantendrá el cobro con las reglas previas.
48 minutos atrás
Cortesía: DIAN - ÁMNITO JURIDICO

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó que volverá a aplicar las tarifas anteriores de retención y autorretención en la fuente, luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente varios artículos del Decreto 572 de 2025, norma con la que el Gobierno Nacional había aumentado esos cobros.

La decisión del alto tribunal frenó temporalmente el incremento que obligaba a empresas y contribuyentes a anticipar más recursos al Estado por concepto de impuestos.

Con esta medida, desde este 8 de mayo, las retenciones seguirán cobrándose, pero bajo las reglas que estaban vigentes antes de la expedición del decreto suspendido.

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La DIAN aclaró que la suspensión no elimina la obligación tributaria. Lo que cambia es la tarifa y la base de cálculo, que regresan a los parámetros anteriores mientras avanza el estudio judicial sobre la legalidad de la norma.

El Decreto 572 había modificado los porcentajes de autorretención y retención en la fuente para distintos sectores económicos, lo que generó preocupación entre empresarios por el impacto en su liquidez y capacidad operativa.

Diversos sectores advirtieron que el aumento no implicaba un mayor impuesto final, pero sí adelantaba recaudo que correspondía a periodos futuros, reduciendo flujo de caja para operación, inversión y pago de obligaciones.

La decisión judicial responde a varias demandas de nulidad contra el decreto, entre ellas solicitudes de suspensión provisional por presuntas inconsistencias legales y tributarias.

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Mientras el Consejo de Estado define de fondo el futuro de la norma, la DIAN mantendrá el recaudo anticipado de impuestos con las tarifas previas.