El Gobierno de Gustavo Petro intentó anular judicialmente el fallo que suspendió la Zona de Ubicación Temporal (ZUT) en Putumayo para las disidencias de las Farc al mando de alias “Walter Mendoza”.
El intento no prosperó, el juez promiscuo municipal de Valle del Guamuez desestimó esa petición y el caso pasará ahora a segunda instancia, donde un nuevo despacho decidirá si el Ejecutivo incurrió en desacato.
La ZUT estaba destinada a albergar a 99 integrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en un predio de seis hectáreas del Valle del Guamuez, como parte de la política de Paz Total.
El traslado estaba previsto para el 17 de junio, el mismo día en que el juez ordenó suspender obras, adecuaciones y cualquier actividad relacionada con la zona, hasta que el Gobierno cumpla la consulta previa con la comunidad indígena del resguardo Telar Luz del Amanecer.
Esa comunidad fue quien presentó la tutela. Argumentó que el Ministerio del Interior, la Presidencia, la Dirección de Consulta Previa y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz instalaron la zona sin consultarles, violando un derecho fundamental.
El resguardo calificó el proceso como “irregular el trámite dado a una actividad estatal por la omisión de la consulta previa, que es de obligatorio cumplimiento, pues entiende que no se han respetado las reglas del debido proceso y no se le ha garantizado su defensa en forma legal”.
Lo que agravó la situación: ninguna de las entidades demandadas respondió la tutela durante el proceso. Ese silencio fue determinante para que el juez fallara a favor de los indígenas.
Para el traslado de los 99 combatientes, el general Hugo López, comandante de las Fuerzas Militares, había confirmado el uso de helicópteros contratados por el Alto Comisionado Otty Patiño.
Además, el Gobierno suspendió operaciones militares ofensivas y operativos especiales de la Policía contra los Comandos de Frontera, estructura de la CNEB que opera en Putumayo, para facilitar el desplazamiento.
Ahora, con la nulidad rechazada, la disputa escala a la segunda instancia que debe determinar si el Ejecutivo desobedeció una orden judicial en firme.







