Gobierno faculta a gobernadores y alcaldes para tomar medidas tributarias y financieras por la emergencia 

La norma se expide en desarrollo del Decreto Legislativo 0150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el presidente Gustavo Petro declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional.
58 minutos atrás
Foto | Suministrada

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0243 de 2026, firmado este jueves por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual se otorgan facultades especiales a gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas por la emergencia económica, social y ecológica, para que adopten medidas en materia tributaria, presupuestal y financiera. 

La norma se expide en desarrollo del Decreto Legislativo 0150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el presidente Gustavo Petro declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional. El decreto se fundamenta en el artículo 215 de la Constitución Política y la Ley 137 de 1994, que facultan al Ejecutivo a dictar medidas con fuerza de ley para conjurar crisis graves e impedir la extensión de sus efectos, incluyendo la posibilidad de establecer nuevos tributos o modificar los existentes de forma transitoria. 

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El Gobierno sustenta la medida en la sentencia C-307 de 2020 de la Corte Constitucional, que define la calamidad pública como una desgracia que afecta intempestivamente a la sociedad, cuya atención supera las facultades ordinarias del Estado. 

Con este decreto, los mandatarios territoriales de las regiones declaradas en emergencia quedan habilitados para tomar decisiones fiscales y financieras de manera ágil, sin los trámites ordinarios, con el fin de atender con mayor celeridad a las poblaciones damnificadas.