El Gobierno nacional expidió el Decreto 0243 de 2026, firmado este jueves por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual se otorgan facultades especiales a gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas por la emergencia económica, social y ecológica, para que adopten medidas en materia tributaria, presupuestal y financiera.
La norma se expide en desarrollo del Decreto Legislativo 0150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el presidente Gustavo Petro declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional. El decreto se fundamenta en el artículo 215 de la Constitución Política y la Ley 137 de 1994, que facultan al Ejecutivo a dictar medidas con fuerza de ley para conjurar crisis graves e impedir la extensión de sus efectos, incluyendo la posibilidad de establecer nuevos tributos o modificar los existentes de forma transitoria.
El Gobierno sustenta la medida en la sentencia C-307 de 2020 de la Corte Constitucional, que define la calamidad pública como una desgracia que afecta intempestivamente a la sociedad, cuya atención supera las facultades ordinarias del Estado.
Con este decreto, los mandatarios territoriales de las regiones declaradas en emergencia quedan habilitados para tomar decisiones fiscales y financieras de manera ágil, sin los trámites ordinarios, con el fin de atender con mayor celeridad a las poblaciones damnificadas.





