Según señala el borrador del proyecto de ley, serían once los requisitos que deberán cumplir los grupos armados organizados para sujetarse de manera colectiva a la justicia, mediante el representante que sus miembros deleguen.
En primer lugar, deberán manifestar expresa, libre, voluntaria y debidamente informada de sujetarse a la justicia. Segundo, “información precisa que permita identificar la estructura del grupo armado organizado, su área de influencia y expansión territorial, su modo de operación y el número total de sus integrantes”.
Igualmente, se deberá hacer una individualización de todos los miembros que se van a sujetar a la justicia, con sus respectivas actas individuales, suscritas bajo su nombre, documento de identificación, firma y huella. Estas actas deberán contener la identificación plena de cada persona, fecha de ingreso, zona de operación, exposición detallada de los delitos cometidos, las pruebas que posean y el compromiso de no volver a delinquir, entre otros.
Los interesados deberán detallar en la comunicación los delitos que reconocerán de manera colectiva o individual, “en especial lo relacionado con actos de corrupción y la vinculación de servidores públicos en ellos; tráfico de estupefacientes, lo que incluye rutas de narcotráfico, lavado de activos y ubicación de plantaciones; participación de menores en las actividades del grupo armado organizado; minería criminal y tráfico de armas”.
También deberán incluir información que permita la identificación de las víctimas de los delitos que serán reconocidos colectivamente y una relación detallada de los bienes que han sido obtenidos producto de la comisión de crímenes y que serán entregados.
Como séptimo lugar, el proyecto de ley señala que se deberá entregar “información específica sobre otras actividades económicas y del mercado ilícito de las cuales derivan recursos económicos para su financiamiento y articulación, así como la relación e información de los testaferros del grupo y sus miembros”.
Igualmente se deberá detallar la información que tengan sobre otras estructuras de apoyo, con énfasis en conexiones con servidores públicos. Además, se deberá identificar a los menores de edad que hagan parte de las organizaciones, que serán entregados para su protección.
Se destaca que las organizaciones criminales deberán hacer un plan de reparación para las víctimas.
El borrador del proyecto de ley señala que una vez se haga esta solicitud de sujeción, el Gobierno deberá analizarla y se podrá dar plazo hasta de un mes para subsanar errores. También se aclara que los bienes que entreguen serán sujetos de extinción de dominio.
Luego de esto, el Gobierno anunciará y dará a conocer el proceso de sujeción de las organizaciones y tendrá la potestad de designar a uno o varios delegados para el acercamiento con estas bandas, en una zona del país determinada por el Gobierno.
El proyecto enfatiza en que los integrantes deberán aceptar todos los delitos que hayan cometido por la pertenencia a ese grupo ilegal, pero detalla que esto no implica que el Estado no pueda investigarlos y sanciones por otros delitos diferentes a esos.
Ahora bien, una vez inicie el proceso de sujeción a la justicia, la Fiscalía General de la Nación, previa solicitud expresa del Consejo de Seguridad Nacional, “podrá suspender, hasta el momento en que se emita sentido de fallo condenatorio, las órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de los representantes de los grupos armados organizados y sus miembros”.
Con información de COLPRENSA.





