El magistrado Altus Baquero del Consejo Nacional Electoral pronunció una sentencia que resuena sobre el proceso de consulta que vivirá Colombia el domingo 26 de octubre: la redacción de una pregunta en una consulta determina si el vencedor podrá competir posteriormente.
“Cuando se selecciona un candidato ya no puede participar en otro proceso de consulta”, afirmó el Baquero refiriéndose a los efectos vinculantes que genera la ley 1475 sobre quienes resultan elegidos en mecanismos de selección interna.
La advertencia cobra dimensión crítica para el Pacto Histórico, que llevará a cabo su contienda interna el 26 de octubre para elegir entre Carolina Corcho, Iván Cepeda y Daniel Quintero, este último renunció, pero aparecerá en la tarjeta.
El ganador estaría impedido para participar en la consulta del Frente Amplio, programada para marzo de 2026, donde competiría contra otros candidatos de coaliciones de izquierda y centroizquierda.
Baquero explicó que todo depende de cómo esté formulada la interrogante en el tarjetón. Si la pregunta especifica es “quién será el candidato presidencial”, automáticamente genera un impedimento legal para futuras participaciones electorales.
Esto contradice el objetivo de los partidos de Gobierno de consolidar una candidatura única mediante dos fases de consulta.
“Debió hacerse como años anteriores, que se preguntaba cuál de los candidatos podría participar en una consulta interpartidista al año siguiente”, señaló el magistrado, evidenciando que la metodología empleada en ocasiones previas garantizaba mayor flexibilidad jurídica.
La polémica sobre la redacción del tarjetón del Pacto Histórico ya provocó que Daniel Quintero se retirara de la contienda, argumentando riesgos jurídicos. Ahora, la interpretación del magistrado Baquero deja claro por qué esa preocupación trasciende lo político para convertirse en una cuestión de viabilidad legal.






