Corte declara infundado impedimento del magistrado Carlos Camargo: puede votar en debate de la reforma pensional

Camargo había solicitado apartarse del caso argumentando conflicto de interés, ya que la demandante —la senadora Paloma Valencia— votó a su favor cuando fue elegido magistrado el 3 de septiembre de 2025.
1 mes atrás
Carlos Ernesto Camargo Assis

La Corte Constitucional declaró infundado el impedimento presentado por el magistrado Carlos Camargo Assis para participar en la decisión sobre la demanda contra la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), permitiéndole conocer el proceso D-15989 que cuestiona vicios de procedimiento legislativo.

Camargo había solicitado apartarse del caso argumentando conflicto de interés, ya que la demandante —la senadora Paloma Valencia— votó a su favor cuando fue elegido magistrado el 3 de septiembre de 2025. El recién posesionado magistrado consideró que esta participación de Valencia en su elección creaba “interés derivado” que afectaba su imparcialidad.

“La accionante en el expediente de la referencia participó en la votación realizada el pasado 3 de septiembre de 2025 en el Senado de la República, en la cual fui elegido como magistrado de la Corte Constitucional. Por esto, en aras de garantizar la imparcialidad en la decisión de este expediente, manifiesto el impedimento”, argumentó Camargo invocando los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991.

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Sin embargo, la Sala Plena rechazó este razonamiento el 1° de octubre, determinando que no existe causal suficiente para declarar el impedimento. La decisión permite que Camargo vote en uno de los casos más importantes del año: determinar si la Cámara de Representantes corrigió adecuadamente el trámite de la reforma pensional tras su devolución para ajustes.

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