Nacional. En una decisión emitida la noche del jueves, la Corte Constitucional respaldó la Ley 2272, conocida como ‘paz total’ del Gobierno Nacional liderado por Gustavo Petro. No obstante, la alta corte realizó aclaraciones cruciales, entre las cuales destaca que la figura de ‘gestores de paz’ no puede ser empleada por el Gobierno para otorgar libertad a individuos.
La sentencia, con la ponencia de los magistrados Natalia Ángel y Antonio José Lizarazo, ratifica que el Gobierno tiene la facultad de entablar acercamientos con estructuras armadas con multas de sometimiento. No obstante, subraya que los términos de sometimiento deben ser definidos por el Congreso, y las suspensiones de órdenes de captura deben cumplir condiciones específicas.
El fallo surge como respuesta a una demanda contra la totalidad de la Ley 2272 de 2022, que establece la política de paz como política de Estado. La Corte confirmó la expresión que permite acercamientos con grupos armados, pero declaró inexequible la parte que otorgaba al presidente la facultad de liberar a miembros de la primera línea en privación de libertad. Esto significa que, en la práctica, solo un juez puede liberar a dichos individuos, no el presidente.
La normativa, objeto de controversia, fue implementada por Petro al inicio de su mandato para facilitar diálogos con grupos ilegales. La revisión de la Corte Constitucional surgió de una demanda que argumentaba que la ley atentaba contra la Carta Política de 1991.






