La Revisión Periódica de las instalaciones internas de gas natural es obligatoria y responde a un requisito legal establecido en la Resolución CREG 067 de 1995 y sus modificaciones, informa Surtigas a la comunidad en general.
Esta inspección técnica busca determinar si la instalación opera en condiciones seguras o presenta defectos que puedan representar algún riesgo para los usuarios, sus familias y la comunidad.
Según la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), la Revisión Periódica debe realizarse cada 5 años como plazo máximo. Sin embargo, se establece un plazo mínimo de 5 meses antes de cumplir el plazo máximo para efectuar la revisión, brindando al usuario un tiempo prudente para planear y ejecutar los trabajos que puedan presentarse tras la inspección. Adicionalmente, es posible realizar la revisión de manera voluntaria en cualquier momento.
Surtigas recuerda que el usuario es responsable de hacer un uso adecuado de la instalación de gas natural y de realizar los mantenimientos a sus gasodomésticos. “En caso de efectuar modificaciones a la instalación, deben solicitar la Revisión Periódica”, señala la empresa.
Los usuarios pueden programar su Revisión Periódica con los Organismos de Inspección Acreditados (OIA) o directamente con Surtigas a través de las líneas 01 8000 910 164 o 164.
“También está disponible la opción de agendar la revisión por medio de la página web, utilizando el enlace: https://www.surtigas.com.co/autogestion-revision-periodica”, indica Surtigas.
La compañía reitera la importancia de cumplir con esta obligación legal, cuyo objetivo es proteger la integridad física de los usuarios de gas natural, sus familias y la seguridad de la comunidad en general. “La finalidad de esta inspección técnica es garantizar la seguridad del usuario, su familia y la comunidad”, concluye Surtigas.