
Nación. En las últimas horas se conoció por parte de la Corte Constitucional la vigencia de la ley que cobija los delitos sexuales contra los menores de 18 años.
El Alto Tribunal esgrimió que esta ley se mantiene imprescriptible y que, además, el proceso penal para casos de delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años, se trata de cosa juzgada, debido a que ya se había manifestado al respecto de esta norma que vela por la protección de los niños y jóvenes.
El dictamen del magistrado Antonio José Lizarazo determinó que esta Ley no viola la Constitución, en vista de los derechos a los menores de edad.
Asimismo, Los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes aclararon su voto.
“Por cuanto si bien en virtud del principio de cosa juzgada ha de acatar lo decidido en la sentencia C-422 de 2021, en su momento salvaron el voto respecto de la declaración de exequibilidad de la norma demandada, según lo resuelto por la Corte en dicho fallo”, señaló la decisión tomada por la Corte.