Alerta Amarilla en Instituciones de Salud en Córdoba, por Semana Santa

       La Secretaría de Desarrollo de la Salud en Córdoba, declarará la Alerta Amarilla durante las festividades de la Semana Mayor, a partir de las 6:00 pm, de este viernes 7 de abril, hasta las 8:00 am del martes 18 de abril, esto con el fin de garantizar la adecuada y oportuna prestación de los servicios de salud, en las Instituciones públicas y privadas del departamento. “El departamento de Córdoba, por su ubicación geográfica, es visitado por muchos turistas en temporada...


La Secretaría de Desarrollo de la Salud en Córdoba, declarará la Alerta Amarilla durante las festividades de la Semana Mayor, a partir de las 6:00 pm, de este viernes 7 de abril, hasta las 8:00 am del martes 18 de abril, esto con el fin de garantizar la adecuada y oportuna prestación de los servicios de salud, en las Instituciones públicas y privadas del departamento.

“El departamento de Córdoba, por su ubicación geográfica, es visitado por muchos turistas en temporada de Semana Santa que provienen de otras regiones del país, esto convierte la zona en alto grado de accidentalidad. Por lo anterior, las instituciones prestadoras del servicio de salud en el departamento deberá activar los planes hospitalarios de emergencia con el fin de brindar un servicio rápido y de calidad ante una adversidad durante la temporada”, enfatizó Dilson Bula, secretario de salud departamental (e).

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Se indicó que el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias CRUE en Córdoba, garantizará el sistema de referencia y contra referencia de pacientes, durante el tiempo que dure la declaración de la alerta amarilla; así lo aseguró Consuelo Hernández, coordinadora CRUE del departamento.

La funcionaria también explicó que ante cualquier emergencia médica, las personas se pueden comunicar a las líneas telefónicas 7816332, 7811904, 7814613 o al número móvil 3103617038.

Desde la Secretaría de Salud  de Córdoba se le recordó a las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas, que de acuerdo a lo establecido en la ley 1751 de 2015, la atención inicial de urgencias es de carácter obligatorio.

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