La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la personería jurídica otorgada a Dignidad Liberal, movimiento político liderado por el exsenador Rodrigo Lara Restrepo, hijo del recordado ministro de Justicia asesinado en 1984 por sus señalamientos contra el narcotráfico.
Los magistrados concluyeron que el Consejo Nacional Electoral (CNE) vulneró el ordenamiento jurídico al conceder este reconocimiento, ya que los argumentos presentados no cumplían con los parámetros legales vigentes.
La decisión judicial señala que “no se demostraron escenarios de violencia grave o extraordinaria” que hubieran obstaculizado la participación política del movimiento. El fallo se fundamenta en la sentencia SU 721 de 2021 de la Corte Constitucional, que establece 1988 como fecha límite para acreditar violencia política que justifique la personería.
Según el tribunal, el CNE utilizó como referencia el homicidio del ministro Lara Bonilla en 1984, fecha que no corresponde con los plazos constitucionales establecidos. “El evento violento de 1984 no impidió a la agremiación participar en las contiendas electorales de 1988”, precisa la sentencia.
La resolución operará hacia adelante, garantizando que los avales otorgados y los funcionarios electos bajo Dignidad Liberal mantengan su legitimidad actual. Sin embargo, el partido no podrá continuar sus actividades políticas bajo esta figura jurídica.
El tribunal determinó que el CNE actuó “vulnerando el orden superior y con falsa motivación” al valorar las pruebas presentadas.
Ximena Echaverría, especialista en derecho electoral, explicó que el pronunciamiento refuerza el criterio de que la personería jurídica constituye una garantía democrática regulada por normas constitucionales específicas, no un instrumento de reparación histórica.
“La reparación de las víctimas corresponde a otros mecanismos del Estado, no al reconocimiento político de nuevas colectividades”, afirmó la experta.







