Consejo de Estado ordena al presidente Petro abstenerse de difundir propaganda electoral

El alto tribunal concluyó que el mandatario incumplió la Ley de Garantías al promover mensajes políticos y electorales.
3 semanas atrás

El Consejo de Estado declaró que el presidente Gustavo Petro incumplió el numeral 2 del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 y le ordenó abstenerse de difundir propaganda electoral a favor o en contra de partidos y movimientos políticos a través de publicaciones y canales oficiales.

La decisión revocó una sentencia previa del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había rechazado la acción presentada por la Fundación para el Estado de Derecho.

La Sala de lo Contencioso Administrativo concluyó que la acción de cumplimiento sí procedía contra el jefe de Estado porque la prohibición contenida en la Ley de Garantías cobija a todos los servidores públicos, incluido el presidente de la República.

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El fallo señala que Gustavo Petro realizó publicaciones y pronunciamientos relacionados con el Pacto Histórico y las elecciones de 2026 mediante su cuenta en X y escenarios institucionales.

La providencia cita mensajes sobre la necesidad de “ganar las elecciones del 2026”, referencias a consultas internas del movimiento político y llamados a respaldar listas al Congreso.

La corporación judicial revisó publicaciones difundidas entre 2024 y 2025, incluidas intervenciones en movilizaciones oficiales y mensajes en redes sociales donde el mandatario manifestó respaldo político al Pacto Histórico.

El expediente también incorporó referencias a pronunciamientos sobre una eventual reelección del “proyecto progresista” y críticas a sectores de oposición en medio del ambiente preelectoral.

La sentencia precisó que la decisión no implica una sanción disciplinaria ni un juicio de responsabilidad política contra el mandatario. El Consejo de Estado explicó que la acción de cumplimiento busca garantizar la aplicación efectiva de una norma vigente y evitar nuevas conductas contrarias a la restricción electoral prevista en la ley.

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El tribunal también ordenó a la Procuraduría General de la Nación vigilar el cumplimiento de la decisión judicial.