Confirmada la elección de alcalde de Chinú tras fallo del Consejo de Estado

La demanda había sido interpuesta por Edelberto Enrique Cabrales Otero, quien fue excluido de la contienda electoral luego de que el CNE revocara su inscripción como candidato.
4 meses atrás
Foto | Suministrada

El Consejo de Estado, en su Sección Quinta, confirmó la sentencia que negó las pretensiones de nulidad electoral contra la elección de Roberto Carlos Ramírez Trujillo como alcalde del municipio de Chinú (Córdoba) para el periodo 2024-2027.

La demanda había sido interpuesta por Edelberto Enrique Cabrales Otero, quien fue excluido de la contienda electoral luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) revocara su inscripción como candidato mediante las resoluciones 10587 del 25 de septiembre y 13142 del 12 de octubre de 2023, por presunta doble militancia política.

En su fallo del 6 de marzo de 2025, la magistrada ponente Gloria María Gómez Montoya determinó que los argumentos de Cabrales Otero no apuntaban directamente contra el acto de elección, sino contra el procedimiento administrativo adelantado por el CNE que culminó con la revocatoria de su candidatura.

El tribunal precisó que las supuestas irregularidades procedimentales alegadas por el demandante debían ser discutidas en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, y no en el contencioso electoral.

“Quien invoque la nulidad de un acto de contenido electoral deberá dirigir los cargos de manera directa en su contra”, señaló la providencia, indicando que no existía una relación causal entre las presuntas vulneraciones al debido proceso en el trámite de revocatoria y la legalidad del acto que declaró la elección de Ramírez Trujillo.

La Sección Quinta concluyó que el demandante no logró desvirtuar la presunción de legalidad del acto administrativo que declaró la elección, fundamentándose en meras expectativas para señalar que, de no haber sido excluido, el resultado hubiera sido diferente.