El Ministerio de Transporte dio a conocer el proyecto de resolución que regulará, por primera vez en Colombia, la circulación de patinetas eléctricas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas.
La norma establece condiciones técnicas de seguridad y circulación para estos vehículos de movilidad personal urbana, y está abierta a observaciones de la ciudadanía.
El documento fija requisitos mínimos obligatorios: frenos delantero y trasero, luces, elementos reflectivos, señal acústica, limitadores de velocidad y mecanismos de protección contra modificaciones técnicas no autorizadas.
En horario nocturno, el uso de casco certificado y chaleco reflectivo será exigible para todos los usuarios.
La propuesta también define límites de velocidad según el entorno. En espacios recreativos y deportivos, la velocidad máxima será de 25 km/h, mientras que las bicicletas eléctricas autorizadas podrán desplazarse a hasta 40 km/h fuera del perímetro urbano.
Adicionalmente, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deberán registrarse en el RUNT mediante una lámina visible con datos técnicos y un código único de identificación.
La ministra de Transporte, Mafe Rojas, sostuvo que “Colombia necesitaba reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles” y subrayó que la regulación busca “proteger la vida, ordenar la movilidad y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras”.
La funcionaria también señaló que la publicación “abre un espacio de participación para fortalecer una norma que responde a las nuevas dinámicas de movilidad urbana del país”.
El proyecto fue elaborado bajo el enfoque de sistema seguro, en concordancia con el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, e incorpora estándares técnicos internacionales. Los comentarios y observaciones de la ciudadanía podrán presentarse a través de los canales oficiales del Ministerio de Transporte.









