Colombia prohibió las pruebas cosméticas en animales

Las empresas que infrinjan la normativa recibirán una sanción del Invima estipulada entre 133 y 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
6 años atrás
Imagen tomada de la web.

Redacción. Colombia se unió a la lista de países en los que se considera ilegal hacer pruebas cosméticas en animales, luego de que el presidente Iván Duque, sancionara la ley que prohíbe la importación, exportación, fabricación y comercialización de productos cosméticos que se hayan experimentados en animales.

Sin embargo, la normativa plantea una excepción cuando se trate de un ingrediente que deba ser probado por cuestiones de seguridad o riesgo a la salud, y se carezca de pruebas alternativas determinas por la comunidad científica.

Además, se exceptúan las pruebas en animales para productos con fines diferentes al cosmético.

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“Se exceptúa cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por riesgos de salud y/o al ambiente y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional. Cuando los datos de seguridad generados a través de pruebas en animales para un ingrediente se hayan realizado para otro propósito diferente al cosmético”, establece la ley que entrará en vigencia en cuatro años.

La ley también indica que el Gobierno Nacional generará estímulos e incentivos para el fortalecimiento de las capacidades de los laboratorios de investigación que hagan uso de otros modelos, con el fin de evitar las pruebas en animales.

Los estímulos se verán representados a través de becas de financiación convocadas por el ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, durante los 15 años siguientes a la promulgación de la ley.
“El Gobierno nacional generará estímulos, incentivos y facilidades para el fortalecimiento de las capacidades de los laboratorios e instituciones de investigación nacionales que desarrollen y apliquen modelos alternativos para evitar el uso de pruebas en animales en esta industria, validadas por la comunidad científica internacional”, se explica.

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Se advirtió, además, que las empresas que infrinjan la normativa recibirán una sanción del Invima estipulada entre 133 y 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.