A pocos días para que se cumpla el plazo máximo de 10 años desde la formulación de imputación, el emblemático caso de la desaparición forzada de Jairo Zapata corre un alto riesgo de prescribir para algunos de los implicados si no se profiere una sentencia de segunda instancia a tiempo.
La clave está en la aplicación estricta de las normas procesales penales vigentes en Colombia. Según explicó el abogado Juan Felipe Amaya, representante de las víctimas, la imputación interrumpe la prescripción por un término no inferior a 5 años ni superior a 10. En el caso Zapata, esa imputación se realizó el 29 de abril de 2014.
“Si no se ha proferido la sentencia para esa fecha (29 de abril de 2024) y se cumple una década desde la imputación, tanto la defensa como el tribunal podrían alegar la prescripción de la acción penal”, advirtió Amaya.
Esto implicaría que, pese a las pruebas que demuestren la participación de algunos procesados, no podrían ser sancionados por el Estado debido al simple paso del tiempo y la mora judicial en emitir el fallo definitivo.
Hasta el momento, la única condena en firme es contra Joyce Rafael Hernández, autor material que se acogió a un preacuerdo por homicidio y desaparición forzada. No obstante, la situación de Jesús Henao Sarmiento y Zuan Naudith López Acevedo, condenados en primera instancia como coautores de desaparición forzada, estaría en riesgo de prescribir.
Pese a que la desaparición forzada es un delito de lesa humanidad, la jurisprudencia de la Corte en este sentido es que estos no prescriben cuando no hay una identificación plena y certera de responsables, pero en el caso Zapata sí hubo imputación e individualización de procesados desde los primeros años de investigación, por ende, le aplican los términos de prescripción.
“Al haber vinculación procesal mediante imputación, se aplican las reglas ordinarias de prescripción establecidas en la ley penal”, explicó el abogado de víctimas.
De materializarse el fenómeno de la prescripción, se configuraría una violación a los compromisos adquiridos por Colombia en tratados internacionales contra la desaparición forzada, que obligan a sancionar este delito.
“Sería una profanación a los derechos de las víctimas, a la verdad, justicia y reparación”, enfatizó Amaya.
La representación de víctimas y la Fiscalía han realizado reiterados llamados para evitar esta situación, pero de no expedirse el fallo a tiempo, el riesgo de impunidad parcial en este emblemático caso sería inminente debido a la aplicación taxativa de los términos procesales vigentes.






