Pantallazos de WhatsApp impresos son prueba documental en procesos laborales: Corte Suprema

La Corte hizo una distinción clave: que un pantallazo sea considerado prueba documental no significa que, por sí solo, demuestre el hecho que se pretende acreditar.
2 meses atrás
Foto | Canva

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia estableció que los pantallazos de conversaciones de WhatsApp presentados de forma impresa dentro de un proceso laboral tienen naturaleza de prueba documental.

Tal precisión quedó consignada en la sentencia SL702-2026, divulgada este viernes 11 de septiembre de 2026, en la que la Corte explicó que estos documentos pueden ser valorados judicialmente, incluso cuando no tengan firma, siempre que no sean desconocidos por la persona contra quien se presentan.

La Sala indicó que, al tratarse de capturas aportadas en copia física, se encuentran dentro de la categoría de documentos prevista en el artículo 243 del Código General del Proceso. En ese sentido, pueden constituir prueba calificada en casación laboral.

Puedes leer:  Fico celebra que envíen a la cárcel a Miguel Quintero: “Sigue el jefe de la banda” 

Sin embargo, la Corte hizo una distinción clave: que un pantallazo sea considerado prueba documental no significa que, por sí solo, demuestre el hecho que se pretende acreditar.

La eficacia de la evidencia depende del contenido específico de los mensajes y de lo que efectivamente pueda establecerse a partir de ellos.

Dicho pronunciamiento surgió de un caso en el que una trabajadora pretendía demostrar que su jefe había autorizado que un tercero la transportara. Para ello presentó el pantallazo de un mensaje enviado al empleador.

El tribunal había concluido que la imagen no demostraba dicha autorización, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema. La captura mostraba el mensaje enviado por la trabajadora, pero no registraba una respuesta o manifestación de aceptación del empleador.

Puedes leer:  Enrique Gómez respalda la ley de rescate económico de De la Espriella: "Hay que quitar a los que se devoran el presupuesto" 

Por esa razón, la Sala consideró que tampoco podía hablarse de una confesión empresarial sobre el hecho discutido.

La decisión diferencia así tres aspectos que pueden generar confusión en este tipo de procesos: la naturaleza documental del pantallazo, su autenticidad y admisibilidad, y su capacidad para demostrar el hecho controvertido.