El Consejo de Estado revocó la medida cautelar que suspendía provisionalmente los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, por medio del cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual para la vigencia 2026.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo, con ponencia del consejero Jorge Iván Duque Gutiérrez, resolvió los recursos de súplica interpuestos contra el auto del 12 de febrero de 2026, que había decretado la suspensión dentro de la demanda de nulidad simple presentada por Carlos Francisco Soler Peña y otros ciudadanos.
El alto tribunal concluyó que no existía un perjuicio concreto que justificara mantener la suspensión provisional del decreto, y determinó que el debate sobre la legalidad del incremento del 23% deberá resolverse en la sentencia de fondo del proceso.
Contra la suspensión inicial recurrieron, de manera conjunta, la Nación —a través de los ministerios de Hacienda y del Trabajo—, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y el Departamento Administrativo de la Presidencia. También presentaron recursos los ciudadanos Óscar Enrique Solaéz de la Hoz y Marco Antonio Velásquez, además del Sindicato de Trabajadores Tercerizados y de la Unidad Nacional de Protección (Sttunpevra).
La demanda, dirigida contra el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y la Presidencia de la República, busca la nulidad del decreto expedido por el presidente y los jefes de esas dos carteras. Con la decisión del 9 de julio, el aumento salarial de 2026 mantiene su vigencia mientras el proceso continúa su trámite hacia el fallo definitivo.






