El presidente Gustavo Petro respaldó el borrador del Decreto 202 del Ministerio de Vivienda, que ordena fijar en pesos colombianos el precio de la Vivienda de Interés Social, y cuestionó directamente la práctica de indexar el costo de estos inmuebles al salario mínimo.
“Que tiene que ver el valor de la vivienda con el salario vital, muy poco. Una parte del costo laboral es el salario vital, pero el precio de la vivienda depende de sus materias primas, de los intereses para construir, hoy muy altos, del precio de la tierra, etc. Indexar el precio de la vivienda por el salario vital, es una aberración económica”, declaró el mandatario.
La posición del jefe de Estado surge luego de que el aumento del 23% en el salario mínimo para 2026, que lo ubicó en 1.750.905 pesos, generara un incremento automático en los valores máximos de la VIS y VIP.
Según datos del sector constructor, una vivienda VIS que en 2022 costaba cerca de 150 millones de pesos, alcanzaría en 2026 un precio de 262.635.750 pesos, lo que representa un alza superior a 110 millones de pesos en apenas cuatro años.
Para 2026, el tope de la VIS general quedó establecido en 135 salarios mínimos, equivalente a 236.372.175 pesos. En ciudades como Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, el límite llega a 150 salarios mínimos, es decir, 262.635.750 pesos.
La VIP, por su parte, tiene un tope de 90 salarios mínimos, que corresponde a 157.581.450 pesos.
Frente a los valores de 2025, estos montos implican incrementos de 44,1 millones, 49,1 millones y 57,3 millones de pesos, respectivamente, según análisis de expertos económicos.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, había anticipado que el Gobierno expediría el decreto de desindexación para desvincular los precios de la VIS y VIP del salario mínimo y evitar lo que calificó como “un fenómeno especulativo en un área que es muy importante para las familias de Colombia”.
La Cámara Colombiana de la Construcción advirtió que el costo de la vivienda VIS podría incrementarse cerca del 10% como consecuencia directa del alza salarial. El gremio aclaró que los topes establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo corresponden a valores máximos legales, no a incrementos automáticos que los constructores deban aplicar.
El decreto propuesto por el Minvivienda establece que todo negocio jurídico para adquirir VIS debe fijar de manera expresa, clara y verificable el precio total en pesos colombianos desde la separación o promesa de compraventa.
La norma prohíbe que estos valores queden sujetos a mecanismos de indexación automática asociados al salario mínimo con posterioridad al documento inicial.






