Minvivienda expide borrador de decreto para fijar precio de VIS en pesos y evitar alzas automáticas

Norma busca proteger compradores tras incremento del salario mínimo y prohíbe indexación posterior.
1 día atrás

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió un borrador del decreto que establece el tope general del valor de la Vivienda de Interés Social y busca proteger los derechos de los compradores ante el reciente aumento del salario mínimo legal mensual vigente.

La norma propuesta fija que el valor máximo de la VIS será equivalente a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 293 de la Ley 2294 de 2023.

El decreto ordena que toda separación, promesa de compraventa o negocio jurídico para adquirir VIS debe establecer de manera expresa, clara y verificable el precio total en pesos colombianos. Este monto constituirá el único valor exigible durante la ejecución del contrato hasta su culminación.

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La medida prohíbe expresamente que los precios queden sujetos a mecanismos de indexación automática asociados al salario mínimo con posterioridad a la separación, la promesa de compraventa o el documento que haga sus veces.

El documento advierte que omitir la fijación del precio definitivo en pesos desde la separación o promesa constituirá una práctica abusiva según los términos de la Ley 1480 de 2011.

Entre las prácticas contrarias al ordenamiento jurídico se incluyen la dilación injustificada de la firma de documentos para trasladar al consumidor incrementos del salario mínimo, y la inclusión de cláusulas que generen desequilibrios contractuales injustificados.

El ministerio aclara que solo podrán realizarse ajustes cuando existan motivos extraordinarios que afecten los precios de insumos soportados en el Índice de Costos de la Construcción de Edificaciones elaborado por el DANE.

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Respecto a los negocios jurídicos iniciados antes de la entrada en vigencia del decreto, el borrador establece un régimen de transición que permitirá culminar su ejecución conforme a la normatividad vigente al momento de su celebración, siempre que se trate de situaciones jurídicas consolidadas, sin que el precio final al momento de la escrituración pueda indexarse.

Analistas consultados por medios económicos señalaron que esta disposición podría generar incertidumbre en proyectos inmobiliarios que ya tienen compromisos establecidos bajo el esquema anterior de indexación al salario mínimo.