Luego de aprobarse la reforma laboral en la Comisión IV del Senado, los trabajadores en Colombia que devengan un salario mínimo comenzarán a ver ajustes relevantes en el pago de las horas laboradas en jornada nocturna, así como los domingos y días festivos, a partir de este 25 de diciembre de 2025.
La modificación hace parte de la Ley 2466 de 2025, que introdujo ajustes al Código Sustantivo del Trabajo y a otras normas laborales. Su aplicación tendrá impacto directo en sectores donde el trabajo nocturno y los turnos continuos son habituales.
A partir del miércoles 25 de diciembre de 2025, seis meses después de la promulgación de la ley del 25 de junio de 2025, la jornada nocturna dejará de iniciar a las 9:00 p.m. y pasará a comenzar desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
Este ajuste implica que los trabajadores recibirán dos horas adicionales de recargo nocturno, lo que se traduce en un aumento en su remuneración mensual.
Con la entrada en vigor de la reforma laboral, la hora nocturna trabajada en días hábiles tendrá un valor de $8.355, frente a los $6.189 que se pagaban antes del cambio.
Este incremento se explica porque el recargo nocturno corresponde al 35% adicional sobre el valor de la hora ordinaria, calculado multiplicando el valor de la hora trabajada por 0,35.
En el caso de los domingos y días festivos, el recargo nocturno también aplicará desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Bajo este nuevo esquema, el valor de la hora dominical o festiva nocturna pasó de $12.997 a $13.925, lo que representa un aumento de $1.547 por hora.
Este ajuste reconoce el mayor esfuerzo de quienes laboran en horarios tradicionalmente destinados al descanso, según la justificación de la reforma aprobada.






