Tras el anuncio del presidente Gustavo Petro sobre la intención de convocar una consulta popular para que la ciudadanía se pronuncie sobre las reformas laboral y de salud, ha tomado fuerza el debate sobre qué implica este mecanismo y cómo se llevaría a cabo.
La consulta popular es una figura de participación ciudadana que permite someter a votación una pregunta de carácter general sobre un asunto de interés nacional, departamental o local.
Está contemplada en la Ley 134 de 1994 y, en el caso de una consulta nacional, debe ser presentada por el presidente de la República con la firma de todos los ministros y requiere un concepto previo del Senado de la República.
El objetivo de este mecanismo es que la ciudadanía se pronuncie directamente sobre temas de trascendencia, en este caso, las reformas impulsadas por el Gobierno.
De acuerdo con la ley, la pregunta que se somete a votación debe estar formulada de manera clara, de forma que se pueda responder con un “sí” o un “no”. No se pueden incluir proyectos normativos ni propuestas que impliquen modificar la Constitución.
Una vez el Senado emita su concepto —o venza el plazo establecido para hacerlo—, la consulta deberá realizarse dentro de los cuatro meses siguientes.
Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado al menos la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral.
Si el resultado es afirmativo, las instituciones competentes deberán implementar lo decidido. Si el Congreso u otra corporación no lo hace dentro de los plazos establecidos, el presidente podrá adoptar las medidas mediante decreto con fuerza de ley.
El anuncio de Petro se da luego de que se radicara la ponencia de archivo de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado.
El presidente argumentó que, ante la falta de respaldo en el Congreso, será el pueblo quien defina el rumbo de las reformas sociales.