La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia cuestionó duramente la designación de Salvatore Mancuso como gestor de paz, señalando que la Resolución 244 del gobierno nacional carece de objetivos concretos y precisos para justificar tal nombramiento.
En su pronunciamiento, el alto tribunal indicó que “la designación de Salvatore Mancuso Gómez como gestor de paz no cumple con la condición de ser excepcional”, destacando que el documento no especifica aspectos fundamentales como el tiempo de duración del cargo ni los alcances específicos de su función.
La Corte señaló que la resolución no define claramente el papel que Mancuso desempeñaría en las mesas técnicas mencionadas, dejando sin especificar “cuáles son las mesas, quiénes las integrarían, dónde operarían y por cuánto tiempo sesionarían”.
Según el tribunal, esta falta de precisión envía un mensaje equivocado a las víctimas, ya que permite que el victimario obtenga beneficios sin asumir plenamente los compromisos que le impone el Sistema de Justicia y Paz.
La decisión enfatiza que, en asuntos transicionales, si bien la búsqueda de la paz es legítima, esta no puede ser ilimitada y debe salvaguardar primordialmente la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos.