Los argumentos del Tribunal para revocar condena por feminicidio de Nataly Salas: pruebas no fueron concluyentes

El caso queda abierto a una posible apelación mediante recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia por parte de la defensa de las víctimas.
2 meses atrás
Enio José Peñata Herrera y Ángel David Sánchez Tordecilla, condenados en primera instancia.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería revocó la sentencia condenatoria contra Enio José Peñata Herrera y Ángel David Sánchez Tordecilla, acusados del feminicidio de la universitaria Nataly Melody Ruiz Salas, ocurrido el 3 de diciembre de 2016.

La decisión se fundamenta en la falta de pruebas que demostraran la culpabilidad de los acusados “más allá de toda duda razonable”.

El pilar de la acusación, el testimonio del testigo principal fue desestimado por el Tribunal debido a múltiples contradicciones e inconsistencias, según reza la sentencia.

La Sala cuestionó la fiabilidad de su relato, señalando problemas de comunicación entre el testigo, con discapacidad auditiva y del habla, y el intérprete. Además, se destacaron “afirmaciones inverosímiles que no coincidían con otras evidencias del caso”.

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Nataly Salas Ruiz, universitaria asesinada en 2016

El Tribunal subrayó la ausencia de un vínculo claro entre los procesados y la víctima, así como entre los mismos acusados. La investigación de la Fiscalía fue considerada insuficiente para descartar otras hipótesis y establecer un móvil convincente para el crimen.

Se cuestionó la interpretación de evidencias clave, como la llamada telefónica que vinculaba a Peñata Herrera con la víctima. El Tribunal argumentó que existían explicaciones alternativas razonables para estos hechos que no implicaban necesariamente la culpabilidad de los acusados.

La Sala también valoró la existencia de testimonios que respaldaban las coartadas presentadas por los procesados, generando dudas sobre su participación en el crimen. Se criticó que la Fiscalía no hubiera realizado una investigación más exhaustiva para verificar o descartar estas versiones.

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El Tribunal subrayó la ausencia de un vínculo claro entre los procesados y la víctima, así como entre los mismos acusados.

El Tribunal enfatizó que las pruebas presentadas no alcanzaban el estándar probatorio requerido para una condena penal. Ante la presencia de dudas razonables, se aplicó el principio de in dubio pro reo, favorable al acusado.

Esta decisión deja sin resolver el caso del feminicidio de Nataly Melody Ruiz Salas, cuyo cuerpo fue hallado con signos de violencia en la laguna de oxidación nororiental de Montería. El Tribunal ordenó la cancelación de todas las anotaciones y registros contra los acusados relacionados con este proceso y la libertad de los procesados.

El caso queda abierto a una posible apelación mediante recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia por parte de la defensa de las víctimas.

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