Terna de candidatos a la Alcaldía de San Andrés de Sotavento, fue impugnada

Montería. La terna enviada el pasado 31 de agosto por el Partido Aico, fue impugnada por los abogados William Quintero Villareal y Jorge Luis Díaz, quienes argumentan que uno de los ternados estaría inmerso en una prohibición. Se trata de Elemin Hain Terán Castillo, quien no podría ser designado elegible, pues se desempeñó como Concejal de San Andrés de Sotavento hasta el 31 de diciembre de 2015 por el Partido Alianza Social Independiente (ASI), y por tal motivo se le imposibilita representar a AICO, dentro de los 12 meses siguientes a su retiro del partido ASI. De acuerdo con los
8 años atrás

Montería. La terna enviada el pasado 31 de agosto por el Partido Aico, fue impugnada por los abogados William Quintero Villareal y Jorge Luis Díaz, quienes argumentan que uno de los ternados estaría inmerso en una prohibición.

Se trata de Elemin Hain Terán Castillo, quien no podría ser designado elegible, pues se desempeñó como Concejal de San Andrés de Sotavento hasta el 31 de diciembre de 2015 por el Partido Alianza Social Independiente (ASI), y por tal motivo se le imposibilita representar a AICO, dentro de los 12 meses siguientes a su retiro del partido ASI.

De acuerdo con los abogados impugnantes, es una prohibición contemplada en  la Ley 1475 de 2011 y en los mismos estatutos del partido AICO.

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Al respecto, el Secretario General de la Gobernación de Córdoba, Roberto Tirado Hernández, dijo estar examinando jurídicamente el tema, y haber solicitado a AICO, copia original de sus estautos, y al Partido ASI, una certificación donde conste si Elemín Terán es o no militante de esa colectividad.

De igual forma, señaló haber puesto el dilema jurídico en conocimiento del Consejo Nacional Electoral, ente que regula y controla los Partidos Políticos.

De acuerdo con Tirado Hernández, no se puede tomar una decisión para nombrar como alcalde a uno de los ternados, hasta dirimir este asunto jurídico.

Si la documentación aportada exime a Elemín Terán de la prohibición, la terna será válida, de lo contrario AICO deberá hacer llegar una nueva lista de candidatos.

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