Crónica de un fracaso anunciado: La variante de Lorica

Opinión, por / Javier De La Hoz


El hecho de que Colombia sea el segundo país en el mundo con mayor numero de conflictos socio ambientales no es gratuito; el poco honorífico titulo que ostentamos tiene múltiples explicaciones; el tema es, cuando escuchas al señor Ministro de transporte ejercer presión sobre funcionarios del nivel local para que “rápidamente saquemos ese proyecto adelante”, el poco honroso segundo lugar sobre el globo terráqueo como segundo país con mas conflictos socio ambientales comienza a tener una explicación lógica; y es que, las autoridades del nivel central poco o nada les importa el principio básico de autonomía territorial, esto sin desconocer la importancia de mejorar la red vial de país.

La pregunta es ¿Por qué no diseñar un sistema que aunque mas costoso sea el menos dañino al complejo cenagoso? , y aclaro desde ya; no conozco a la alcaldesa de Lorica; no tengo relación alguna con quienes se oponen al proyecto; lo único que me motiva a escribir sobre el tema es que no se puede seguir vulnerando en forma descarada la Constitución Política y en el país no pasa nada.

Desde cuando le es permitido a un Ministro de despacho pedirle a otros servidores públicos que desconozcan decisiones judiciales? , pareciera que el señor Ministro desconociera que el Tribunal Administrativo de Córdoba, a través de un auto de fecha 19 de diciembre de 2017 decidió decretar una medida cautelar consistente en la suspensión de las obras del proyecto vial denominado “variante Lorica” específicamente sobre los tramos que afecten o comprendan el área del complejo cenagoso del bajo Sinú, en un país donde realmente se respetara el estado de derecho esa petición seria un escandalo gigante.

En el expediente del licenciamiento se observa que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) en principio emitió concepto favorable por una de las alternativas presentadas por considerarla la que menos afectaba el área protegida, pero luego de la solicitud de modificación presentada por la Agencia Nacional de Infraestructura la entidad encargada de expedir la licencia ambiental (ANLA) modifica su posición y emite concepto favorable por una alternativa que denomina “Alternativa Oriental Optimizada”.

Se viene sosteniendo por quienes se oponen que la licencia ambiental es irregular y atenta de manera grave e irreversible contra el ecosistema del humedal que es un área protegida cuya conservación y protección es obligación de todos, agregando que el área por la cual se pretende desarrollar el proyecto vial esta afectado como suelo de protección por sus condiciones ambientales en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Lorica.

La Corte Constitucional en reiterada jurisprudencia sostiene que la preservación del principio de autonomía territorial es indispensable para el mantenimiento de la esencia e identidad de la Constitución, esto debido a que precisamente; la autonomía territorial es la expresión de dos principios constitucionales relevantes, como son la consagración del municipio como la entidad fundamental del ordenamiento territorial y el ejercicio de sus competencias conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad.

La Constitución Política garantiza que el núcleo esencial de la autonomía territorial será siempre respetado, tan cierto es que la Corte Constitucional sostiene que los Planes de Ordenamiento Territorial son expresión de la autonomía administrativa y el gobierno nacional no puede incidir de manera inconsulta e injustificada para alterar de esta forma la planificación y ordenación del territorio establecida por los municipios, como por ejemplo, si en el POT de determinado municipio se decidió señalar algunas áreas como suelos de protección no puede una entidad del orden central, cualquiera sea su nombre desconocer esta declaratoria y autorizar algún proyecto que viole las normas locales adoptadas por el municipio para organizar su territorio, y mucho menos en este caso por cuanto es un determinante señalada por la autoridad ambiental.

En el caso del proyecto vial que atraviesa el complejo cenagoso del bajo Sinú nos encontramos en presencia de una tensión entre el desarrollo económico y la protección del medio ambiente, con un componente adicional como es que el proyecto vial viola el POT del municipio de Lorica.

En lo que respecta a la solución de la tensión existente entre desarrollo económico y protección del medio ambiente, este se resuelve a través del concepto de desarrollo sostenible, entendido como un desarrollo que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de que las futuras generaciones puedan satisfacer sus propias necesidades.

No es así Señor Ministro, no es pasando por encima de las autoridades locales, no es imponiendo las decisiones del nivel central, las soluciones deben ser concertadas y respetando la Constitución Política que usted juro defender.

Adenda 1: Puerto de Carbón en San Antero: CVS revocó licencia, relleno Sanitario de Montería: Corte Constitucional acogió los argumentos expuestos en las audiencias publicas ambientales, nos dio la razón, Cerro Matoso: La Corte Constitucional nos dio la razón y tutelo derechos, en fin, 3-0. El que lo entendió lo entendió.

Adenda 2: Alguien sabe que paso con la mortandad de peces en la quebrada San Pedro? ¿Por qué algunos habitantes de la zona acusan a Gecelca? ¿Será cierto que desde Gecelca se hacen vertimientos que causaron ese desastre?